El proyecto de Ley Sanna es un seguro obligatorio para los padres y madres trabajadores de menores, afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado “Este seguro, permite que el trabajador preste atención, acompañamiento o cuidado personal, a su hijo, recibiendo durante ese período un subsidio que reemplace total o parcialmente su remuneración o renta mensual. Proporcionando mayor tranquilidad, en el momento de enfrentar estas enfermedades” explica Carolina.
El seguro irá cubriendo algunas patologías de manera progresiva, la primera en ser cubierta será el cáncer, en febrero de éste año, seguido a esta será la cobertura de trasplantes a mediados de este año, cobertura para fase o estado terminal (enero 2020) y finalmente a quienes sufran un accidente grave con riesgo de muerte o de secuelas graves (diciembre 2020).
Junto con esto, Carolina agrega que los tiempos de licencia irán variando según patología. “En caso de cáncer, la duración será de 90 días, por cada hijo o hija, dentro de un período de 12 meses. El permiso podrá ser usado por hasta 2 períodos continuos respecto del mismo diagnóstico. En caso de trasplante de órgano la duración será de hasta 90 días. En casos de fase o estado terminal de la vida durará hasta producido el deceso. Y en caso de accidente grave, la duración máxima será de hasta 45 días, en relación al evento que lo generó.” En todos los casos la duración de la licencia médica será desde el inicio de la primera licencia médica.
¿Cómo se puede acceder al beneficio y qué responsabilidad tiene el empleador?
Los requisitos para acceder son de carácter objetivo:
· Contrato de trabajo vigente.
· Estar afiliado al sistema en los últimos 24 meses.
· Haber tenido ocho cotizaciones.
· Licencia médica emitida por el médico tratante
· Informe Complementario del médico tratante.
En el caso de los trabajadores dependientes la licencia médica será presentada por el trabajador al empleador, acompañada de los antecedentes respectivos. “El empleador presentará la licencia médica y los demás antecedentes a la Compin, en un plazo no superior a 3 días hábiles, desde su recepción” explica Carolina, y además agrega “La Licencia SANNA NO se debe entregar en la ISAPRE o en la Caja de Compensación, sólo en el COMPIN”.
Además, si el padre y la madre son trabajadores con derecho al seguro, podrán hacer uso del permiso conjunta o separadamente, según ellos lo determinen. Esto se deberá comunicar al Empleador a través de una carta, quien deberá timbrarla, entregarle una copia al trabajador y la original al COMPIN, en conjunto con la primera licencia médica que hace uso de los días traspasados. “Este trámite debe realizarse con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de inicio del período traspasado. Además, el empleador debe mantener al día el pago de las cotizaciones del trabajador, debido a que es una obligación” enfatiza la Administradora de R&S.
Si quieres saber más sobre la Ley, puedes ingresar a la página oficial del gobierno y para facilitar el cálculo de la previsión, tal como Carolina, puedes probar ComunidadFeliz el único software de administración de edificios y condominios con el módulo más completo de remuneraciones conectado con PreviRed.